ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD, NO DIVULGACIÓN, RESERVA, RESGUARDO DE
INFORMACIÓN Y DATOS PERSONALES.
Monterrey, Nuevo León a 17 de enero de 2025.
El presente acuerdo lo celebran por una parte todo el personal que labora en
instalaciones de Grupo Empresarial Anmada, persona física con domicilio que labora
ubicado en, más no limitativo:
Heberto Castillo Martinez Nº 124, CP. 66367, Ciudad Santa Catarina,
Nuevo León, México.
Km 12 Carretera Celaya Comonfort #1300, Ejido Soria, C.P. 38210 Tramo
Ejido Soria.
Y por la otra Grupo Empresarial Anmada, empresa en la cual se encuentra
laborando con domicilio ubicado en:
Avenida Lázaro Cárdenas Nº 318, Oficina 306. Col. Residencial San
Agustín, C.P. 66260, San Pedro Garza Garcia, Nuevo León.
Las cuales en lo sucesivo serán referidas de manera conjunta como “las partes” y de
manera individual como “la parte”, quienes se reconocen expresa y recíprocamente
con capacidad plena para obligarse, y establecen lo siguiente:
D E F I N I C I O N E S
POLITICA DE PRIVACIDAD: Explica trata los datos personales de sus
usuarios o empleados. También se le conoce como declaración o aviso de
privacidad. Regularmente describen: Cómo se recopilan los datos, cómo se
almacenan los datos, cómo se utilizan los datos, cómo se comparten los
datos, cómo se protegen los datos, qué entidades tienen acceso a los datos,
para qué se utilizan los datos, cuánto tiempo se conservan los datos.
Las políticas de privacidad deben cumplir con la normativa legal vigente en el
lugar donde opera la empresa.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: Se entenderá por información confidencial
toda información ya sea oral, impresa, o contenida en cualquier tipo de
documento, archivo, o medio que pueda almacenar información
independientemente de su naturaleza, respecto de los cuales, alguna de las
partes le otorgue el carácter de confidencial.
PARTE DIVULGANTE: Tendrá el carácter de “divulgante” cualquiera de las
partes que ponga a disposición de la otra información confidencial de su
propiedad, quien en todo momento conservará la titularidad de la información
que comparta.
PARTE RECEPTORA: Tendrá el carácter de “receptor” cualquiera de las
partes que reciba a su resguardo información confidencial propiedad de la
parte divulgante, y se obliga a no hacerla del conocimiento de un tercero, bajo
pena de indemnizar a la parte divulgante en los términos y condiciones que se
establecen en este convenio.
TERMINOS Y CONDICIONES: Tiene básicamente un conjunto de
disposiciones que un cliente / usuario debe aceptar para utilizar un servicio.
Esta política debe cubrir todos los aspectos de la usabilidad de su sitio web /
productos / servicios.
RGPD: Reglamento General de Protección de Datos.
Con base en las declaraciones y definiciones anteriores, las partes se someten al
tenor de las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA. OBJETO DEL ACUERDO
El presente acuerdo se refiere a la información confidencial que compartirán las
partes, sin que ninguna de ellas tome ventaja de la otra al recibir los datos o
procedimientos que sean clasificados como confidenciales en los términos de este
convenio, a fin de colaborar en el desarrollo de la empresa:
Grupo Empresarial Anmada SA de CV, tanto para la administración de la
misma como para terceras empresas administrados por usuarios de GEA
los cuales se comprometen a resguardar, mantener la confidencialidad y
no hacer mal uso de los documentos, expedientes, reportes, resoluciones,
oficios, acuerdos, contratos, convenios, archivos físicos y/o electrónicos
de información estadísticas, sistemas informáticos propios y del cliente o
bien, cualquier otro registro o información del cliente, así como a no
difundir, distribuir o comercializar con los datos contenidos en los
sistemas de información, desarrollados en la ejecución del mismo.
Las partes convienen que toda la información que se revele entre ellas estará
amparada por el deber de confidencialidad en términos del presente acuerdo.
SEGUNDA. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
El receptor únicamente utilizará la información facilitada por el divulgante para los
fines relacionados con el proyecto mencionado, comprometiéndose el receptor a
mantener la más estricta confidencialidad respecto de la información recibida,
advirtiendo del deber de confidencialidad y secreto a sus socios, consejeros,
representantes legales, empleados y a cualquier persona física o moral que, por su
relación con el receptor, deba tener acceso a la información otorgada para el
correcto cumplimiento de las obligaciones del receptor para con el divulgante. En
este sentido, se entenderá que el receptor debe asegurarse que cada persona física
o moral que acceda a la información revelada por el divulgante se adhiera al
compromiso de confidencialidad establecido en el presente acuerdo.
El receptor y las personas mencionadas en el párrafo anterior no podrán reproducir,
modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente
acuerdo sin previa autorización escrita y expresa del divulgante.
En caso de que el divulgante otorgue la autorización escrita para facilitar la
información a un tercero, se procederá de la siguiente forma:
El divulgante firmará con el tercero un acuerdo de confidencialidad previamente a
que el receptor proporcione en todo o en parte la información confidencial al tercero,
para lo cual el receptor deberá cerciorarse antes de divulgar la información, si
efectivamente el divulgante y el tercero firmaron el correspondiente acuerdo de
confidencialidad.
Además de lo anterior, el receptor conviene en no celebrar con ninguna persona
física o moral, cualquier tipo de acuerdo, convenio, contrato, negociación o asumir
obligaciones que estén en conflicto con el presente acuerdo o que deriven o
impliquen el incumplimiento del mismo.
Asimismo, el receptor adoptará respecto de la información objeto de este acuerdo las
mismas medidas de seguridad que normalmente adoptaría respecto a la información
confidencial de sus propios negocios o intereses, evitando por todos los medios a su
alcance la pérdida, robo o sustracción de la información compartida por el divulgante.
TERCERA. EXCEPCIONES A LA CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo estipulado en el presente acuerdo, ambas partes aceptan que la
obligación de confidencialidad no se aplicará en los siguientes casos:
a) Cuando la información ya fuera del conocimiento del receptor con anterioridad
a la firma del presente acuerdo, sin la obligación de guardar confidencialidad.
b) Cuando la información se encontrará en el dominio público en el momento de
ser facilitada al receptor o, una vez entregada la información, ésta acceda al
dominio público sin infracción alguna de las cláusulas del presente acuerdo.
c) En caso de que el receptor pueda probar que la información fue desarrollada
o recibida legítimamente de terceros, de forma totalmente independiente a su
relación con el divulgante.
d) Cuando la legislación vigente o un mandato judicial exija su divulgación. En
ese caso, el receptor notificará al divulgante tal eventualidad y hará todo lo
posible por garantizar que se dé un tratamiento confidencial a la información.
CUARTA. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Los derechos de propiedad de la información objeto del presente acuerdo
pertenecen al divulgante y el hecho de facilitarla al receptor para el objeto
mencionado en la cláusula primera no modifica tal situación, lo cual implica que el
divulgante conservará para sí los derechos inherentes a la propiedad de la
información que se haga llegar al receptor.
En consecuencia, en ningún caso y por ningún motivo se entenderá que la
información confidencial compartida por alguna de las partes constituirá una
copropiedad y el receptor reconoce que el hecho de que la parte divulgante le
comparta información confidencial no le otorga ningún derecho de licencia, patente o
propiedad intelectual sobre la misma, y que la revelación de la información no
originará ninguna obligación al divulgante de otorgar derecho alguno sobre dicha
información.
QUINTA. SALVAGUARDA LABORAL
Ambas partes reconocen que el presente convenio no podrá interpretarse como
constitutivo de una relación laboral, de asociación, de sociedad, de licencia o de
cualquier otra índole.
SEXTA. SANCIONES
En caso de que la información confidencial compartida resulte revelada, divulgada o
utilizada por el receptor de cualquier forma distinta al objeto de este acuerdo, ya sea
de forma dolosa o por mera negligencia, habrá de indemnizar al divulgante por los
daños y perjuicios ocasionados.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a las que este último tenga
derecho a interponer, de conformidad con la Ley de Propiedad Industrial, el Código
Penal Federal (delito de revelación de secretos contemplado en los artículos 210,
211 y 211 bis) y demás leyes y disposiciones aplicables.
Todo esto, además de las cantidades que se generen por concepto de gastos de
representación legal con motivo de un procedimiento judicial.
SÉPTIMA. RESTITUCIÓN O DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL
En caso de que la relación contraída entre las partes se dé por concluida, estas se
obligan a elección de la parte divulgante, a devolver o destruir cualquier documento o
archivo facilitados en cualquier tipo de soporte, así como las copias que en su caso
hayan sido obtenidas de los mismos, siempre que constituyan información amparada
por el deber de confidencialidad objeto del presente acuerdo.
En todo caso, el divulgante podrá requerir la devolución o destrucción de la
información que por cualquier medio haya compartido en cualquier momento, a
través de la solicitud que por escrito formule al receptor. De no estipularse en la
solicitud un plazo para la devolución o destrucción de la información, el receptor
deberá devolver la información, así como las copias que en su caso se hayan
obtenido, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que reciba la solicitud.
OCTAVA. VIGENCIA
Este acuerdo entrará en vigor desde el momento en que las partes lo firman,
extendiéndose su vigencia después de finalizada la relación entre las partes o, en su
caso, la prestación del servicio, hasta por un plazo de 5 (cinco) años.
NOVENA. CESIÓN DE DERECHOS
Los derechos y obligaciones derivados de este acuerdo no podrán cederse a un
tercero.
DÉCIMA. MODIFICACIONES AL ACUERDO
El presente acuerdo solo puede ser modificado mediante convenio por escrito
suscrito por las partes contratantes.
DÉCIMA PRIMERA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES
Todo aviso o notificación entre las partes respecto del objeto del presente acuerdo
deberá ser por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas.
En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio deberá comunicarlo a la
otra, a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo
contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos.
DÉCIMA SEGUNDA. ABROGACIÓN DE ACUERDOS ANTERIORES
Las partes reconocen y aceptan que este convenio y sus adiciones constituyen un
acuerdo total entre las partes con respecto al manejo de información confidencial,
por lo que desde el momento de su firma dejan sin efecto cualquier acuerdo o
negociación previa, prevaleciendo lo dispuesto en este instrumento respecto de
cualquier otro acuerdo o convenio.
DÉCIMA TERCERA. JURISDICCIÓN
En caso de que se presente un conflicto o discrepancia en relación con la
interpretación y/o cumplimiento de este acuerdo, las partes se someten
expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que conforme a derecho
deban conocer el asunto en razón del lugar en el que es firmado el acuerdo, con
renuncia a su propio fuero en caso de que este les aplique y sea procedente.
En señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el
presente acuerdo, las partes lo firman por duplicado, en el lugar y fecha indicados al
comienzo del presente acuerdo.
DECIMA CUARTA. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Las partes somos responsables del tratamiento ya que tratamos los datos
personales de nuestros clientes y socios. A continuación, encontrará nuestra
información de contacto.
● Grupo Empresarial Anmada
● Avenida Lázaro Cárdenas Nº 318, Oficina 306. Col. Residencial San Agustín,
C.P. 66260, San Pedro Garza Garcia, Nuevo León.
Si tiene preguntas sobre el tratamiento de sus datos, puede contactarnos a través de
adrian.sanchez@grupoanmada.com
DECIMA QUINTA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Visitantes del sitio web
Cuando visita nuestro sitio web, utilizamos cookies para que el sitio web funcione.
Comunicación con clientes potenciales.
Cuando tenga preguntas sobre nuestro sitio web o desee obtener más información
sobre nuestros servicios, puede contactarnos a través de:
● Formulario de contacto en página web: https://grupoanmada.com/
● Correo electrónico: adrian.sanchez@grupoanmada.com
● Teléfono: + (52) 811-8239570
Con estos medios, trataremos su información personal para entablar un diálogo con
usted, por ejemplo, responder preguntas sobre nuestros servicios. Solo tratamos la
información que nos proporciona en relación con nuestra comunicación.
Por lo general, trataremos la siguiente información general: nombre, correo
electrónico y número de teléfono.
Nuestra base legal para tratar estos datos personales es el artículo 6 (1) (f) del
RGPD.
Eliminaremos nuestra comunicación con usted cuando esté claro si desea utilizar
nuestros servicios o no.
Si existiera la necesidad en un caso particular de almacenar su información personal
por un período más prolongado, este podría ser el caso.
Clientes
Nos comunicamos con nuestros clientes para garantizar que nuestros servicios se
entreguen correctamente. Podemos tratar información sobre nombre, dirección,
servicios, acuerdos especiales, información de pago, Etc.
La base legal para tratar estos datos personales es el Artículo 6(1)(b) del
Reglamento General de Protección de Datos.
Cuando se haya completado el servicio, junto con los pagos pendientes,
eliminaremos inmediatamente los datos personales.
DECIMA SEXTA. CONTABILIDAD
Almacenamos facturas y documentos similares con fines contables, incluida la
información personal general, como el nombre, la dirección y la descripción del
servicio. Debemos guardar todos los documentos contables del cumplimiento de las
leyes contables.
La base legal para el tratamiento de datos personales con fines contables es el
artículo 6 (1) (d) del Reglamento General de Protección de Datos.
Almacenamos esta información durante un mínimo de 5 años después del final del
año fiscal en curso.
DECIMA SEPTIMA. ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
Cooperamos con proveedores. Los proveedores externos pueden, por ejemplo,
proporcionar software utilizado para organizar nuestro trabajo, servicios,
consultoría, alojamiento de TI o marketing.
Es nuestra responsabilidad asegurarnos de que su información personal se procese
correctamente. Nuestros proveedores deben garantizar que su información personal
y la nuestra esté protegida.
DECIMA OCTAVA. DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN PERSONAL
No divulgamos su información personal a terceros.
DECIMA NOVENA. MEDIDAS DE SEGURIDAD
Mantenemos el tratamiento de datos personales seguro al garantizar las medidas
técnicas y organizativas necesarias.
Hemos realizado evaluaciones de riesgo de nuestro tratamiento de datos personales.
Posteriormente, hemos introducido medidas de seguridad técnicas y organizativas
apropiadas para aumentar la seguridad del tratamiento.
Una de nuestras medidas más importantes es mantener a nuestros empleados
actualizados sobre el RGPD y la seguridad informática mediante una formación
continua de concienciación sobre la seguridad, cursos sobre el RGPD y la revisión
de nuestros procedimientos de RGPD con los empleados.
VIGESIMA. DERECHOS DEL INTERESADO
De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos, tiene varios
derechos con respecto al tratamiento de sus datos.
Si quiere hacer uso de sus derechos, no dude en ponerse en contacto con nosotros
para que podamos ayudarle.
VIGESIMA PRIMERA. DERECHO DE ACCESO
Tiene derecho a acceder a la información que tratamos sobre usted.
VIGESIMA SEGUNDA. DERECHO A LA RECTIFICACIÓN
Tiene derecho a que se corrija la información incorrecta sobre usted.
VIGESIMA TERCER. DERECHO DE SUPRESIÓN (EL DERECHO AL OLVIDO)
En determinadas circunstancias, tiene derecho a que se elimine su información antes
de que se produzca nuestra eliminación general.
VIGESIMA CUARTA. DERECHO A LA LIMITACIÓN DEL TRATAMIENTO
En algunos casos, tiene derecho a que se restrinja el tratamiento de sus datos.
Solo podemos seguir tratando su información con su consentimiento o si tenemos un
interés legítimo cuando esto ocurra. Todavía podemos almacenar sus datos.
VIGESIMA QUINTA. DERECHO DE OPOSICIÓN
En algunos casos, tiene derecho a oponerse a nuestro tratamiento legal de sus
datos. También puede oponerse al tratamiento de su información para marketing
directo.
VIGESIMA SEXTA. DERECHO A LA PORTABILIDAD DE LOS DATOS
Tiene derecho a recibir una copia de su información personal en un formato
estructurado, de uso común y legible por máquina y a que esta información personal
se transfiera de un responsable del tratamiento a otro sin obstáculos.
VIGESIMA SEPTIMA. DERECHO A RETIRAR SU CONSENTIMIENTO.
Cuando nuestro tratamiento de sus datos se basa en su consentimiento, tiene
derecho a retirar su consentimiento.
VIGESIMA OCTAVA. RECLAMACIÓN ANTE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE
DATOS
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia de Protección de Datos
si no está satisfecho con el tratamiento que hacemos de sus datos.
En general, lo alentamos a que lea más sobre el RGPD para estar actualizada.